- El padre/madre o tutor legal debe estar empadronado en el municipio de Alhama de Murcia con al menos tres meses de antelación a la solicitud.
- Ambos progenitores deberán estar trabajando o bien acreditar la búsqueda activa de empleo durante al menos tres meses y presentar un certificado negativo de rechazo de ofertas de empleo.
- No ser propietarios de bienes inmuebles a excepción de la vivienda habitual, que le proporcione ingresos.
- Durante los últimos 12 meses, la unidad familiar debe tener una renta per cápita inferior a al 45% del SMI (Salario Mínimo Interprofesional) en cómputo anual, es decir ingresos brutos inferiores a:
Nº de miembros ud. familiar |
INGRESOS BRUTOS MÁXIMOS EN EUROS (media últimos 12 meses) |
CUANTÍA AYUDA |
2 miembros |
Más de 945,00€ brutos/mes
|
Sin derecho a ayuda |
Desde 630,01 hasta 945,00€ brutos/mes
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45 % de la cuota |
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Desde 0€ hasta 630,00€ brutos/mes
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85% de la cuota |
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3 miembros |
Más de 1.417,50€ brutos/mes
|
Sin derecho a ayuda |
Desde 945,01€ hasta 1.417,50€ brutos/mes
|
45 % de la cuota |
|
4
miembros |
Más de 1.890,00€ brutos/mes |
Sin derecho a ayuda
|
Desde 1.260,01€ hasta 1.890,00€ brutos/mes
|
45% de la cuota |
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Desde 0€ hasta 1.260,00€ brutos/mes |
85% de la cuota
|
|
5 o más
miembros |
Más de 2.362,50€ brutos/mes |
Sin derecho a ayuda |
Desde 1.575,01€ hasta 2.362,50€ brutos/mes |
45% de la cuota |
|
Desde 0€ hasta 1.575,00€ brutos/mes |
85% de la cuota |
|
Desde 0€ hasta 945€ brutos/mes
|
85% de la cuota |
- El padre/madre o tutor legal debe estar empadronado en el municipio con al menos tres meses de antelación.
- Ambos progenitores deberán estar trabajando o bien, acreditar la búsqueda activa de empleo durante al menos tres meses y presentar un certificado negativo de rechazo de ofertas de empleo.
- No ser propietarios de bienes inmuebles a excepción de la vivienda habitual, que le proporcione ingresos.
- La unidad familiar, durante el ejercicio económico 2018, no deberá superar los límites económicos establecidos al efecto por la consejería de Educación, es decir:
Nº
miembro ud. familiar |
Importe máximo no superable |
1 |
3.090 euros |
2 |
4.045 euros |
3 |
5.015 euros |
4 |
6.590 euros |
5 |
8.065 euros |
6 |
9.595 euros |
Nº miembro ud. familiar |
Importe máximo no superable |
7 |
11.080 euros |
8 |
12.520 euros |
9 |
13.915 euros |
10 |
15.310 euros |
*En
caso de familias con más de 10 miembros, se irá incrementando el límite
máximo de ingresos en 1.395€ más por cada miembro. |