El proyecto de rehabilitación del recinto interior del Castillo
de Alhama de Murcia, que cuenta con una subvención del 1.5% Cultural del
Ministerio de Fomento de 944.752,91 euros, se encuentra en una situación de
incertidumbre y riesgo de tener que devolver la ayuda concedida más los
intereses generados, debido a los retrasos e incumplimientos en la
justificación económica y la ejecución de las obras.
La subvención fue solicitada por el Ayuntamiento en julio de
2018, tras la publicación en el BOE de la convocatoria para la concurrencia
competitiva sobre el 1.5% Cultural, que destina parte de los ingresos de las
obras públicas a la conservación del patrimonio histórico. El proyecto
presentado por el Ayuntamiento consiste en la restauración del recinto interior
del castillo, que data del siglo XII y está declarado Bien de Interés Cultural,
con el objetivo de recuperar su valor histórico, cultural y turístico.
El Ministerio de Fomento concedió la subvención en enero de
2021, correspondiente al 70% del total de la actuación, que asciende a
1.349.647,02 euros. El 30% restante debe ser aportado por el Ayuntamiento.
Según las bases reguladoras de la convocatoria, el plazo máximo para la
justificación de los pagos librados en su totalidad durante 2020 era de 18
meses a contar desde la fecha del acta de inicio de las obras, que se firmó el
4 de octubre de 2021.
El Ayuntamiento presentó varias alegaciones al Ministerio
exponiendo dificultades técnicas, administrativas y climatológicas. El
Ministerio, por su parte, advirtió al Ayuntamiento de la situación irregular en
la que se encuentra el expediente y puso el caso en manos de los servicios
jurídicos para aplicar la normativa que le afecta, que supone la revocación de
la subvención y la exigencia de su devolución con intereses.
El Ayuntamiento trató de evitar esta situación pidiendo un
voto de confianza al Ministerio para contar con la subvención y no tener que
devolverla. Asimismo, solicitó una reunión con el delegado del Gobierno en la
Región de Murcia. No obstante, el Ministerio comunicó al Ayuntamiento que no
procede la concesión de ninguna prórroga y que, en caso de ser posible,
justificara qué parte la obra ejecutada podía ser susceptible de ser puesta al
uso público.
Gracias al trabajo de los técnicos, la empresa y del equipo
de Gobierno se ha presentado documentación para la justificación de uso público
de una parte de la obra por valor de 323.532,86 euros.
El proyecto de restauración del Castillo de Alhama de
Murcia, que se inició con la ilusión de recuperar un bien patrimonial de gran
valor para el municipio y la región, se ha convertido en un problema para el
Ayuntamiento, que se enfrenta a la reclamación por parte del Ministerio de la subvención
de casi un millón de euros más intereses y a las consecuencias económicas
negativas que ello conllevaría al municipio.
A continuación, se detalla la cronología de las
actuaciones realizadas por el Ayuntamiento y el Ministerio:
· 05-06-18. Sale publicado en el BOE,
convocatoria para la concurrencia competitiva sobre el 1.5% Cultural del
Ministerio de Fomento.
· 03-07-18. Se presenta la solicitud de
financiación por parte del Ayuntamiento.
· 10-11-20. Resolución Parcial Definitiva
notificándose que la justificación de los pagos librados en su totalidad
durante 2020, se realizará en el plazo máximo de 18 meses a contar desde la
fecha del acta de inicio de las obras.
· 18-12-20. Resolución Parcial Definitiva,
bases reguladoras, concesión ayudas en régimen de concurrencia competitiva.
· 15-01-21. Se recibe Resolución de
concesión definitiva e instrucciones que se deberán seguir para la correcta
tramitación de la ayuda concedida.
· 21-01-21. Se recibió tercera Resolución
Parcial Definitiva financiación de 944.752,91€. correspondiente al 70% del
total de la actuación.
· 26-11-21. Remisión al Ministerio la
licitación y adjudicación del contrato de obra, así como acta de replanteo e
inicio, suscrita a fecha 4 de octubre de 2021.
· 31-03-23. Se recibe Oficio del Ministerio
donde se comunica la necesidad de solicitar ampliación de plazo de
justificación económica.
· 03-05-23. La solicitud del Ministerio se
mantiene reunión telemática, donde desde el Ministerio ponen de manifiesto que
se han enviado irregularmente las certificaciones de obra y por parte del
Ayuntamiento se solicita la necesidad de una prórroga de ejecución de 6 meses a
partir de la fecha de finalización del 4 de octubre de 2023. El Ministerio dice
que se sea diligente con en las certificaciones mensuales y se ajuste a las
instrucciones e insiste que se pida la prórroga de justificación económica del
escrito de 31 de marzo, aun habiéndose pasado el plazo que era el 8 de
abril.
· 19-05-23. Se remite al Ministerio
solicitud de prórroga, y la certificación de abril junto con la memoria.
· 24-05-23. Se mantiene reunión por
videoconferencia con el Ministerio y por parte de la funcionaria del
Ministerio, comunica que al no haber contestado a la solicitud de prórroga
(remitida el 19-05-23) que hizo constar en la reunión del 3 de mayo y haberlo
hecho el día 19, constituía un incumplimiento grave y que debía dar traslado de
nuestro expediente a la abogacía del estado, alegando que ya no estaba en su
mano.
· 24-05-23. Se presenta por parte del
Ayuntamiento escrito al Ministerio para pidiendo un voto de confianza para
contar con la subvención y no tener que devolverla.
· 14-06-23. El Ayuntamiento solicita
prorroga de 7 meses para la finalización de las obras con fecha de fin
solicitada el 04-05-24.
· 16-06-23. Se recibe oficio en relación al
incumplimiento del plazo de justificación económica, que había vencido el 8 de
abril de 2023. El ministerio comunica al Ayuntamiento que vista la situación
irregular en la que se encuentra el expediente (en el que abundan los
incumplimientos), lo pone en manos de los servicios jurídicos para aplicar la
norma que le afectan.
· 04-07-23. Se solicita reunión con el
delegado del Gobierno.
· 18-07-23. Visita al delegado del Gobierno
para explicarle la situación, dice que no nos preocupemos.
· 19-07-23. Se recibe oficio comunicando
que los servicios jurídicos del Ministerio, manifiestan que no procede
concesión de prórroga, y si procede solicitar al Ayuntamiento la devolución de
la ayuda concedida más los intereses generados. Se solicita al Ayuntamiento en
caso de ser posible, que la obra ejecutada sea susceptible de ser puesta al uso
público, durante un periodo mínimo de 50 años.
· 28-07-23. Ayuntamiento remite escrito al
Ministerio, donde manifiesta la disconformidad respecto a la previsible
propuesta de liquidación y se comunica que se está recabando toda la
documentación requerida en su oficio, para acreditar que parte de la obra de
referencia se encuentra certificada y ejecutada, susceptible de ser puesta al
uso público, de lo que se le dará traslado en el más breve espacio de tiempo
posible.
· 31-07-23 y 29-08-23. El Ayuntamiento
remite las certificaciones correspondientes a los meses de junio y julio, así
como un decreto municipal de ampliación del plazo de ejecución de la obra,
hasta el día 8 de mayo de 2024.
· 24-10-23. Se recibe oficio del Ministerio
emitiendo la oportuna propuesta de liquidación, para el reintegro total de la
ayuda concedida por importe de 944.752,91€ más intereses de demora. Se abre un
periodo de alegaciones (15 días), para el inicio de los trámites necesarios
para la apertura del expediente de devolución parcial o total de la aportación
al Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana.
· 26-10-23. Se remiten alegaciones por
parte del Ayuntamiento al Ministerio.