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Abierto el plazo de solicitud de ayudas de alquiler dirigidas a víctimas de violencia de género y colectivos vulnerables para el 2024

16/05/2024 628

 ABIERTO EL PLAZO DE SOLICITUD DE AYUDAS DE ALQUILER DIRIGIDAS A VICTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO Y COLECTIVOS ESPECIALMENTE VULNERABLES PARA EL AÑO 2024


El Ayuntamiento de Alhama de Murcia, ha comenzado el día 13 de Mayo de 2024, a realizar la derivación a Cáritas, de personas en situación de vulnerabilidad, para el pago de Ayudas de Alquiler. 


Estas ayudas están convocadas y reguladas por el Decreto n.º 115/2023, de 13 de abril, por el que se aprueban las normas especiales reguladoras, de la concesión directa de subvención, de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, a Cáritas Diócesis de Cartagena, para facilitar el acceso a la vivienda en alquiler o asegurar una solución habitacional a personas especialmente vulnerables.


Para informarse y recibir orientación sobre la tramitación de esta ayuda, es necesario dirigirse al Centro Municipal de Servicios Sociales, llamando previamente al teléfono 968 631 895 para obtener cita previa, en horario de atención al público de lunes a viernes de 9.00 a 14.00 horas. En caso de que la persona solicitante sea Victima de Violencia de Género, deberá solicitar cita previa al CAVI, cuyo teléfono es el 968 63 65 05.  


Desde estos dos servicios municipales se ampliará información sobre la totalidad de requisitos a cumplir según cada caso, sobre la documentación que es necesario presentar y se facilitará los impresos correspondientes. 


A continuación se detallan algunos de los principales requisitos, que deben cumplir las personas en situación de vulnerabilidad, para acceder a estas ayudas:

  • Estar empadronado y residir en el municipio de Alhama de Murcia, con una antelación mínima de 12 meses, o 6 meses en caso de contar con menores a cargo. 
  • Estar en situación administrativa regularizada, es decir, disponer de DNI o NIE con permiso de residencia en vigor. 
  • Disponer de contrato de alquiler vigente, que haya sido formalizado con anterioridad al 12 de Mayo de 2024, y que no sea sobre una vivienda de Promoción Pública (Vivienda Social)
  • El pago de la ayuda se realizará directamente al propietario de la vivienda, obligatoriamente mediante transferencia bancaria. 
  • Estar inscritos como demandantes de empleo todos los adultos desempleados, de la unidad de convivencia en edad laboral. 
  • No ser propietarios o usufructuarios de ninguna vivienda.
  • No tener relación de parentesco con la persona arrendadora o propietaria de la vivienda. 
  • Si la persona solicitante o alguno de los miembros de la unidad de convivencia, tiene legalmente derecho a percibir una pensión compensatoria o alimenticia de su padre/madre, cónyuge o de otros parientes obligados, y no la recibe, deberá iniciar las gestiones necesarias para interponer la correspondiente reclamación judicial.
  • Durante los últimos 12 meses, la unidad de convivencia no debe superar, de media, los ingresos brutos mensuales que se detallan a continuación, debiendo aportar la documentación acreditativa de ingresos de todos los adultos empadronados en la vivienda: 

MIEMBROS UD. FAMILIAR

% IPREM APLICABLE

EQUIVALENCIA EN €/MES

FAMILIAS MONOPARENTALES O MONOMARENTALES

1 persona

100% IPREM 

700,00 €

% IPREM APLICABLE

EQUIVALENCIA EN €/MES

2 personas

150% IPREM 

1.050,00 €

160% IPREM 

1.120,00 €

3 personas

175% IPREM 

1.225,00 €

190% IPREM 

1.330,00 €

4 personas

200% IPREM 

1.400,00 €

220% IPREM 

1.540,00 €

5 personas

225% IPREM 

1.575,00 €

250% IPREM 

1.750,00 €


La cuantía mensual de la ayuda mensual del alquiler será del 100% del coste del alquiler, con un límite de hasta 500€/mes y un máximo de 3 meses. 


Las ayudas serán concedidas por estricto orden de solicitud, hasta agotar el presupuesto disponible para el municipio de Alhama de Murcia. Una vez agotado el presupuesto disponible, se interrumpirá la tramitación. Se tomará de referencia la fecha en que la persona solicitante ha completado el expediente entregando toda la documentación necesaria que le haya sido requerida. 


Para ampliar información no duden en dirigirse al Centro de Servicios Sociales o al Centro de Atención a Victimas de Violencia de Género. 


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