El
a)
Factura oficial justificativa de la adquisición de libros y/o material didáctico
e informático complementario para el curso 2012-13, del comprendido en el
artículo 4.2 de
No obstante, con carácter
excepcional, aquellos interesados cuyos ingresos de la unidad familiar en el
año 2011 en función del número de miembros no hayan superado los umbrales de
renta previstos en el siguiente cuadro, no estarán obligados a presentar junto
a la solicitud la factura.
Los
beneficiarios que por no superen los umbrales de renta previstos en el párrafo
a) del artículo 8.3 no hayan presentado
la factura junto a la solicitud, deberán presentar dicha factura en el plazo de
un mes a contar desde que se haya hecho efectivo el pago de la ayuda.
Los
umbrales de renta son:
Nº
de miembros |
Umbral
máximo no superable |
1 |
2.300 |
2 |
4.600 |
3 |
6.900 |
4 |
9.200 |
5 |
11.500 |
6 |
13.800 |
7 |
16.100 |
8 |
18.400 |
A partir
del octavo miembro se añadirán 2.300 euros por cada nuevo miembro computable.
El
último apartado del artículo 8 (que por error aparece numerado como 5) pasa a
ser el apartado 6, y queda redactado del siguiente modo:
“El plazo de presentación de solicitudes
finalizará el 11 de octubre de 2012.
Excepcionalmente,
se podrán admitir solicitudes fuera de plazo en el caso de alumnos que se incorporen a un centro escolar
sostenido con fondos públicos de la Región de Murcia con posterioridad a la
finalización de dicho plazo”.
Para más información pueden
dirigirse a la Secretaría de cada uno de
los colegios e institutos del municipio.