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Se recuerda que, tal y como reza en la ordenanza de limpiezas varias en su artículo 50, apartado 44, que es infracción muy grave “no recoger las heces de los animales domésticos cuando éstos las realicen sobre las aceras, calzadas y demás elementos de la vía pública, así como no limpiar las zonas sucias por tal motivo”.
Dado que, en la actualidad, muchos dueños de animales siguen permitiendo y dejando que sus animales defequen en la vía pública sin retirar las heces, se recuerda que es una infracción grave y que, consecuentemente, se aplicará la sanción pertinente.
Dicha ordenanza se encuentra a disposición de los usuarios en el siguiente enlace: