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El Ayuntamiento de Alhama informa que la sentencia conocida como “Teletransporte” no afecta al municipio puesto que la disposición transitoria que la regulaba en la Ley del Suelo nunca fue aplicada en el PGMO de nuestro Municipio

25/01/2013 1508

El Ayuntamiento de Alhama de Murcia informa que, ante las noticias aparecidas en prensa y del estudio realizado por este ayuntamiento, la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, ya conocida popularmente como “Teletransporte” no afecta a nuestro municipio puesto que la disposición que regulaba esta práctica, y que es anulada por la sentencia, no ha sido aplicada en el Plan General Municipal de Ordenación (P.G.M.O.)

Tal y como se recoge en nuestro Plan General ningún espacio protegido en el municipio de Alhama de Murcia es susceptible de generar aprovechamiento urbanístico, no regulándose este uso dentro de nuestro Plan por decisión unánime de todos los Grupos Municipales.

Debemos resaltar que la existencia de un espacio con valores naturales, supone indudables ventajas el que sea propiedad pública y no sea propiedad privada, y que su cesión como medida de compensación medioambiental, que no generadora de aprovechamiento, permite una mejor gestión de este espacio, pacifica los trámites de los PORN, y otros instrumentos medioambientales, asegura de cara al futuro el mantenimiento del espacio, y a la vez permite una cierta capacidad de acceso regulado de la población de Alhama al disfrute de este espacio.

Asimismo hay que precisar que la delimitación del suelo No Urbanizable de Protección Específica (NUPE) recogida en nuestro Plan excede con mucho los límites de los lugares de importancia comunitaria (LIC) a que se refiere el acuerdo del Consejo de Gobierno de la CARM del año 2000. Esta delimitación también es superior a la prevista en la Zona de Protección Paisajística de Carrascoy del P.G.O.U. aprobado en 1998, basado en el Plan Especial de Carrascoy y el Valle) y asume al 100% la delimitación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) aprobado inicialmente en el 2005 y sobre el que se establece adicionalmente una banda de protección.

Por último debemos mencionar que en aspectos medioambientales la posición y actuación del Ayuntamiento ha sido intachable, apostando todas las corporaciones que han pasado por el Consistorio por dar la mayor protección para lo que consideramos uno de los principales atractivos y potenciales de nuestro municipio, su riqueza medioambiental.

Alhama de Murcia, 25 de enero de 2013

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