El Ayuntamiento de Alhama de Murcia, a través de la presentes bases y condiciones, convoca y regula las normas para la instalación de las Peñas y Grupos Festivos en el recinto de las carpas durante la Feria 2018. El objetivo es regular la ubicación adecuada de las distintas Peñas y Grupos Festivos Alhama de Murcia que estén interesadas en instalarse en el recinto de Las carpas, establecer la forma de adjudicación de las autorizaciones, asegurando la concurrencia y todo ello de modo que no se produzcan especiales molestias a los vecinos de Alhama, así como lograr que esta actividad de las carpas ofrezca una mayor animación y sana convivencia durante los días de fiesta. Se fija un máximo de 20 carpas que podrán ser instaladas en el recinto Ferial.
PRIMERO. Requisitos de las Peñas y Grupos Festivos. Prioridad en las solicitudes. Propuesta de concesión de autorizaciones.
Podrán instalarse en el recinto de las carpas las peñas y grupos festivos constituidos en Alhama de Murcia, que lo soliciten y que se obliguen a:
- Comprometerse a organizar y a patrocinar una actividad lúdica, cultural o social que repercuta en la Feria de Alhama 2018. Esta actividad tiene que diseñarse y ser presentada junto con la solicitud, hasta el último día de plazo de presentación de instancias.
- Así mismo deberá presentarse junto con la solicitud un breve historial de la peña o grupo festivo en el cual se realice un informe sobre las distintas actividades que este grupo o peña realice a lo largo del año y las actividades festivas en las que participa. No se permitirá la instalación de peñas o grupos festivos que estén compuestas por miembros menores de edad.
Se prohíbe la cesión de la carpa adjudicada a cualquier bar, pub o cafetería. La gestión o explotación de la carpa se realizará directamente por la propia peña o grupo festivo. Si se produjera la cesión a un hostelero, la peña o grupo festivo perderá su autorización de modo inmediato. Seguidamente se concederá la autorización a otra peña o grupo que lo haya solicitado y cumpliendo los requisitos, no se haya podido instalar.
Para la concesión de las autorizaciones entre los que las soliciten y, para la elección de carpa, se establece el siguiente baremo, cuya puntuación total otorgará el orden para la concesión de las autorizaciones, entre los solicitantes:
1. Por haber organizado actividades de amplia repercusión y contrastada participación desde la Feria 2017 a la Feria 2018: 5 puntos (no se tendrá en cuenta para puntuar la colaboración de algunos miembros de la peña o grupo con entidades, clubes u otras peñas o grupos).
2. Por haber participado en el Desfile de Carrozas en la Feria 2017: 5 puntos.
3. Por participación en el Concurso de Mayos 2018 (habiendo elaborado un mayo y plantado el mismo): 5 puntos
4. Por haber participado en la Cucaña de la Feria 2017: 4 puntos.
5. Por haber participado en el Desfile de Carnaval de 2018 en Alhama: 4 puntos
6. Por haber participado en la Cabalgata de Reyes 2018, en Alhama: 4 puntos.
7. Por haber organizado actividades en el recinto de las peñas en la Feria 2017: 3 puntos. Esta puntuación no es acumulable, es decir, en este punto sólo se podrán sumar 3 puntos, teniendo en cuenta una sola actividad.
8. Por haber participado en la Recepción de Peñas de la Feria 2017: 2 puntos.
9. Por haber participado en la Ofrenda Floral a la Patrona en la Feria 2017: 2 puntos.
En el supuesto de que sobren plazas, una vez concedidas las autorizaciones según lo establecido en el párrafo anterior, se primarán las solicitudes de aquellas peñas o grupos festivos que, cumpliendo todos los requisitos, lo hubieren solicitado en el año 2017 y no hubieran podido instalarse, por falta de plazas.
En el caso de igualdad en la prioridad de estas solicitudes y/o existencia de otras vacantes, se adjudicarán las plazas sobrantes, entre las solicitudes presentadas por peñas y grupos festivos que hayan cumplido todos los requisitos, por sorteo. El sorteo, en su caso, se realizará en acto público cuya celebración será previamente notificada a los interesados.
Terminado el plazo de presentación de solicitudes, la concejalía de Festejos establecerá la puntuación de cada peña o grupo, según la documentación de la misma, así como la documentación que adjunten los solicitantes; para la elección de carpa y será verificada por el Consejo Municipal de Festejos y realizada la tramitación administrativa oportuna, por parte de la concejalía se realizará una propuesta de concesión de estas autorizaciones, que será elevada a la Junta de Gobierno Local para su aprobación y notificación, en su caso.
SEGUNDO. Documentación:
- Modelo de Instancia para solicitar la instalación en el recinto de las carpas para la Feria 2018. El modelo será redactado por la concejalía y estará accesible a los solicitantes en la sede de la concejalía de Festejos.
- Breve historial de la peña o grupo festivo en el cual se realice un informe sobre las distintas actividades que este grupo o peña realice a lo largo del año y las actividades festivas en las que participa.
- Carteles o documentos que acrediten su participación o colaboración de actividades no organizadas por la concejalía de Festejos.
- En su caso, acreditación de haber realizado solicitud para instalarse en el recinto de las carpas en la Feria 2017 y no haber sido seleccionado.
TERCERO. Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Alhama de Murcia, en horario de lunes a viernes de 9 a 14 horas, desde el día siguiente a la Publicación de estas Bases en el Tablón de anuncios de este ayuntamiento y, como máximo, hasta las 14 h. del día 6 de septiembre de 2018.
CUARTO.Condiciones de Instalación en el recinto de las carpas durante la Feria 2018.
1º. Los días de instalación en el recinto, serán desde el 5 al 14 de octubre de 2018, ambos inclusive. El horario de apertura que se establece para la Feria 2018 será el siguiente:
- Viernes 5 octubre de 22:00 a 5:30 h.
- Sábado 6 octubre: de 22:00 a 5:30 h.
- Domingo 7 octubre Música de 21 a 1:00 h.
- Jueves 11 octubre : de 22 a 5 h.
- Viernes 12 octubre: de 22:00 a 5:00 h.
- Sábado 13 octubre: de 22:00 a 5:30.
2º. El Ayuntamiento de Alhama de Murcia, dotará a cada peña o grupo festivo al que se autorice a instalarse, los siguientes servicios:
- a) Toma de agua y desagües.
- b) Luz eléctrica.
- c) Recogida de basura.
- d) Vigilancia.
3º. Quedará totalmente prohibida la distribución y consumo de alcohol y tabaco a los menores de edad.
4º. Quedará prohibido introducir vehículos de cualquier tipo al recinto, excepto aquellos que por tiempo limitado deban prestar servicios.
5º. El Ayuntamiento de Alhama sufragará a sus expensas la instalación de un equipo de sonido y megafonía, que será compartido por todos las peñas o grupos festivos que se instalen. No se podrán utilizar otros equipos de música.
6º. Las peñas y grupos festivos que se instalen en el recinto estarán obligados a pagar la cantidad correspondiente al alquiler de la carpa y, además, compartirán el coste de un discjockey, durante el horario de apertura del recinto. Con la finalidad de financiar el coste de los gastos antes enumerados, las peñas y grupos festivos podrán buscar patrocinadores y colocar publicidad estática en las carpas.
7º. Las Peñas y grupos festivos autorizados a instalarse estarán obligados a cuidar la instalación municipal y muy especialmente las carpas y el entorno, responsabilizándose personalmente de todos desperfectos que se puedan ocasionar y comprometiéndose a dejar el lugar en perfecto estado, así como indemnizar los daños y perjuicios que pudieran irrogarse a las personas y bienes de usuarios y/o terceros como consecuencia de la realización de esta actividad.
8º. Las Peñas y grupos festivos estarán obligados a respetar el horario de cierre que se ha fijado en el apartado primero de este punto. En este momento se apagará la música, debiendo estar vacío el recinto una hora después del horario de cierre. Al finalizar el horario, cada día, las Peñas y grupos festivos dejarán el interior de la carpa recogida y limpia para que a continuación entren los servicios de limpieza municipales.
En caso de que algunas peñas o grupo festivo no respeten estos horarios (sobre todo el de cierre) y/o no cumpla con la obligación de limpieza, no se le permitirá volver a abrir el resto de los días que queden de feria.
9º. Está terminantemente prohibida la utilización de pitos y bocinas u otros instrumentos que alteren el descanso de los vecinos.
QUINTO. Resolución de Incidencias.
Cualquier situación o incidencia no prevista expresamente en el presente documento así como la interpretación de lo establecido en el mismo, corresponderá a la concejalía de Festejos, que dirimirá o interpretará, sin posibilidad de recurso alguno.
SEXTO. Aprobación de las Bases. Publicidad.
Las presentes bases deberán ser aprobadas por la Junta de Gobierno Local y publicadas en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento.
A estas bases, una vez aprobadas, se les dará la máxima difusión a través de los medios de comunicación y su publicación en la Web municipal.
SÉPTIMO. Aceptación incondicional de las bases.
La solicitud de instalación en el recinto de las carpas supone la aceptación total e incondicional de las presentes bases, por parte del solicitante.