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Abierto el plazo para pedir ayudas económicas para personas mayores 2023

30/03/2023 868
La concejalía de Bienestar Social informa de que está abierto el plazo de solicitud de ayudas económicas para personas mayores del municipio de Alhama, hasta el 22 de abril de 2023, convocadas por el Instituto Murciano de Acción Social (IMAS). 

Las ayudas se atiende en orden de solicitud, por lo que se recomienda que aquellas personas que tengan la necesidad de pedirlas lo hagan a la mayor brevedad posible. 

Son de carácter económico y están dirigidas a mayores de 65 años que residan o estén empadronados/as en la Región de Murcia y precisen reparación o adaptación en su vivienda habitual o adquisición de ayudas técnicas.

Para cualquier duda o aclaración puede llamar al Centro Municipal de Servicios Sociales 968 631 895 o dirigirse a c/ Pintor Francisco Cánovas Almagro s/n (frente al solar de las migas de la Feria).


REQUISITOS

1. Tener 65 años cumplidos a fecha de solicitud.
2. Ser pensionista de la Seguridad Social, en cualquiera de sus modalidades, o su cónyuge.
3. No tener acceso a otras ayudas de análoga naturaleza y para la misma finalidad.
4. Que la situación de necesidad para la que se solicita la ayuda se haya producido durante el año natural en el que se ha publicado la convocatoria (factura/presupuesto posterior al 01-01-2023)
5. Residir y figurar empadronado en alguno de los municipios de la Región de Murcia en la fecha de solicitud de la ayuda.
6. Los ingresos mensuales por cada persona conviviente no supere: 
   - Unidad familiar unipersonal: 1.500 € mensuales.
   - Unidad familiar de dos personas: 1.050 € mensuales por persona.
   - Unidad familiar integrada por tres o más personas: 750 € mensuales.
por persona.  
7. No disponer de bienes inmuebles, excluida la vivienda habitual u otros que sean actividad económica principal, cuya valoración sea superior a 43.200 €.
8. Los rendimientos de capital mobiliario del último ejercicio fiscal no supere: 180 €
9. No haber sido beneficiario de ayudas misma finalidad en los dos años anteriores (excepto cuando la situación de necesidad se acredite documentalmente).
10. Haber justificado las ayudas obtenidas en los dos años anteriores.
11. Persona extranjera comunitaria disponer de Certificado de Registro de Ciudadano de la U.E. y del pasaporte  o documento de identidad en vigor de su país de origen.
12. Persona extranjera no comunitaria disponer de permiso de residencia en vigor.
13. Persona con condición de refugiada acreditar dicha condición o que, habiéndola solicitado, reúne los requisitos para su obtención.
14. Requisitos para ayudas para reparación de la vivienda:
   - Acreditar titularidad de la vivienda por parte del solicitante o algún miembro de la unidad de convivencia.
   - En caso de vivienda cedida o alquilada: documento del propietario de autorización de las obras y cesión o contrato de alquiler prorrogable por un mínimo de 4 años desde la solicitud.
15. Requisitos para ayudas técnicas: Acreditar la necesidad mediante informe médico actualizado (debe ser emitido en los últimos 6 meses y lo puede emitir especialista o médico de atención primaria).

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