Ayuntamiento de Alhama de Murcia

�Qu� es el Plan Personalizado de Pagos y c�mo puedes beneficiarte de �l?

25/01/2024

El Ayuntamiento de Alhama de Murcia quiere ayudarte a cumplir con tus obligaciones fiscales de una forma m�s c�moda y flexible, y con una bonificaci�n del 2%. Por eso, te ofrece la posibilidad de acogerte al Plan Personalizado de Pagos, un sistema especial de pago de recibos que te permite fraccionar tu deuda tributaria anual en cuotas mensuales, bimestrales o trimestrales, seg�n tu preferencia.

�Qu� ventajas tiene el Plan Personalizado de Pagos?

�Qu� recibos puedes incluir en el Plan Personalizado de Pagos?

Puedes incluir en el Plan Personalizado de Pagos los recibos de padr�n correspondientes a los siguientes tributos municipales:

El Plan es individual y aplica a la deuda anual que elijas en los padrones citados. No podr�s incluir en el Plan otras deudas tributarias que no sean de cobro peri�dico, como multas, sanciones o liquidaciones.

�C�mo puedes solicitar el Plan Personalizado de Pagos?

Para solicitar el Plan Personalizado de Pagos, debes cumplir los siguientes requisitos:

�A qu� esperas para solicitar el Plan Personalizado de Pagos?

No dejes pasar esta oportunidad de pagar tus impuestos y tasas municipales de una forma m�s c�moda y ventajosa. Solicita el Plan Personalizado de Pagos hasta el 29 de febrero de 2024 y disfruta de sus beneficios. Si tienes alguna duda, puedes consultar la normativa reguladora del Plan Personalizado de Pagos o contactar con la Concejal�a de Hacienda del Ayuntamiento de Alhama de Murcia. Estaremos encantados de atenderte y resolver tus consultas.

Requisitos:

a) Deudas a nombre de personas f�sicas.

b) No tener deuda pendiente en v�a ejecutiva con la Administraci�n Municipal.

c) El importe total anual de la deuda tributaria en voluntaria, referida a la suma de los tributos se�alados, no podr� ser inferior a 90,00 euros.

d) La cuota m�nima que resulte de aplicar a la suma de los tributos en la periodicidad de pago seleccionados por el interesado, no podr� ser inferior a 20 �.

e) Deber� domiciliar obligatoriamente el pago de las cuotas en una �nica cuenta.

f) �nicamente se permitir� un plan por cada obligado tributario, no siendo posible incluir en un mismo plan deudas correspondientes a varios obligados tributarios.

Periodicidad de los pagos:

El interesado podr� seleccionar la siguiente periodicidad de pago:

a) Mensual: En 12 plazos con vencimientos los d�as 5 o inmediato h�bil posterior de cada mes.

b) Bimestral: En 6 plazos con vencimientos los d�as 5 o inmediato h�bil posterior, en los meses de febrero, abril, junio, agosto, octubre y diciembre.

c) Trimestral: En 4 plazos con vencimientos los d�as 5 o inmediato h�bil posterior, en los meses de febrero, mayo, agosto y noviembre.

d) Anual: Con vencimiento el d�a 5 de julio o inmediato h�bil posterior.

Duraci�n.

La solicitud surtir� efectos para los siguientes periodos voluntarios de pago, teniendo validez por tiempo indefinido, siempre que no exista manifestaci�n expresa en contrario para parte del obligado tributario, y no dejen de realizarse los pagos en la forma establecida.

Falta de pago.

En caso de impago de dos plazos, podr� dejarse de cargar los plazos siguientes, consider�ndose cancelado el Plan. En ese momento, el r�gimen de pago anual pasar� a ser el general, con los plazos normales de voluntaria. Si la deuda estuviera vencida, se proceder� a su cobro por las v�as legalmente establecidas. Las cantidades ingresadas en el ejercicio por el Plan Personalizado de Pagos se aplicar�n en primer lugar a los plazos ya vencidos y la cantidad sobrante a los pagos futuros a criterio de la Administraci�n, entendi�ndose a cuenta los importes que no cubran los citados documentos de cobro, en el caso de que queden cantidades pendientes de ingresar.

Bonificaci�n por domiciliaci�n bancaria:

Se establece una bonificaci�n del 2 % sobre el importe total de las cuotas incluidas en el Plan. Dicha bonificaci�n quedar� anulada autom�ticamente en la totalidad de la misma en caso de impago de alguno de los plazos de dicho Plan.

Disposici�n transitoria:
Excepcionalmente, las personas que deseen acogerse a este sistema especial de pago de recibos para el ejercicio 2024, le ser�n de aplicaci�n las siguientes condiciones:

- Solicitud:

Podr�n presentar las solicitudes hasta el 29 de febrero de 2024.

- Plazos:

a) Mensual: En 9 plazos con vencimientos los d�as 5 o inmediato h�bil posterior de cada mes, en los meses de abril a diciembre ambos inclusive.

b) Bimestral: En 5 plazos con vencimientos los d�as 5 o inmediato h�bil posterior, en los meses de abril, junio, agosto, octubre y diciembre.

c) Trimestral: En 3 plazos con vencimientos los d�as 5 o inmediato h�bil posterior, en los meses abril, julio y octubre.

d) Pago �nico.





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