26/11/2009
Con motivo de la celebración de la próxima fiesta islámica que conmemora el “Sacrificio de Ibrahím”, conocida popularmente como fiesta de “El Cordero” o “Aid El Adha”, el Ayuntamiento de Alhama ha firmado un edicto recordando las normas que deben seguir aquellos que celebren el ritual religioso con el tradicional sacrificio del cordero, a fin de de evitar riesgos para la salud, sufrimiento para el animal o posibles molestias a los vecinos:
1°. El sacrificio del animal se realizará de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 54/1995, de 20 de enero, sobre protección de los animales en el momento de su sacrificio o matanza, modificado por el RD 731/07 de 8 de junio, prestando especial atención a la obligación de aturdir 'previamente al animal y emplear exclusivamente los métodos autorizados en el anexo C del citado Real Decreto para inflingir la muerte.
Por lo tanto, está prohibido el sacrificio del cordero en viviendas particulares o en dependencias comunes de edificios, ni otros lugares públicos salvo los mataderos autorizados.
2°. Igualmente, para el sangrado del animal se deberá seguir escrupulosamente el procedimiento establecido en el anexo o de la norma antes citada, velando especialmente porque el mismo sea rápido, profuso y completo.
3°. De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1911/2000, de 24 de, noviembre, por el que se regula la destrucción de los materiales especificados de riesgo en relación con las encefalopatías espongiformes transmisibles, modificado por el RD 100/03 de 24 de enero, y dado que se consideran material específico de riesgo (MER) el cráneo, las amígdalas y la médula espinal de los ovinos mayores de doce meses de edad" así como el bazo de los ovinos de todas las edades, es obligatorio entregar estos órganos a gestores autorizados para, su destrucción.
Por tanto, no se podrán consumir, exponer en patios, terrazas o balcones, ni depositar en contenedores normales de residuos, ninguna parte del cuerpo de ovejas que contengan estos órganos.
4°.- Todo ello se recuerda y advierte que este sacrificio, aún tratándose de un ritual religioso, debe realizarse en establecimiento y con personal autorizado, donde a buen seguro se velará por el estricto cumplimiento de la legislación vigente.
5º.- El incumplimiento de lo dispuesto en este bando será sancionado de acuerdo con lo dispuesto en la legislación vigente.
6º.- La Policía Local velará especialmente por el cumplimiento de estas obligaciones.
Alhama de Murcia, 26 de noviembre de 2009