Abierto el plazo de matr�cula 2017-18 para la Escuela Infantil Gloria Fuertes y CAI Los Cerezos
04/05/2017
DOCUMENTACI�N Y BAREMO DE NUEVO INGRESO ESCUELAS INFANTILES MUNICIPALES. CURSO 2017/2018
Las solicitudes de nuevo ingreso se acompa�ar�n necesariamente de la siguiente documentaci�n:
a) Solicitud en modelo oficial (Anexo I), que ser� facilitada en el Registro General del Ayuntamiento de Alhama de Murcia.
b) Fotocopia del DNI de los padres o tutores.
c) Fotocopia del libro de familia completo o documento oficial acreditativo de la edad del ni�o para quien se solicita la plaza. En el caso de ni�os en proceso de adopci�n o acogida, el correspondiente documento acreditativo.
Baremo de puntos:
La admisi�n se ordenar� atendiendo a los siguientes criterios prioritarios:
1.1 Desarrollo de una actividad laboral por el padre y la madre del menor, las personas que ejerzan la tutela o, en el caso de familias monoparentales, la persona que de forma efectiva tenga la guarda y custodia.
Valoraci�n: 4 puntos por cada uno de los que desarrollen la actividad; 8 puntos en el caso de familia monoparental.
Este criterio se acreditar� por los siguientes medios:
a) Si se trata del desarrollo de actividad laboral por cuenta ajena, mediante la aportaci�n de un certificado expedido al efecto por la persona titular de la empresa o por la responsable de personal de la misma.
b) Si se trata del desarrollo de actividad funcionarial, mediante documento de constancia emitido por el responsable de la unidad administrativa correspondiente.
c) Si se trata del desarrollo de actividad laboral por cuenta propia, mediante la aportaci�n de una certificaci�n de alta en la Seguridad Social y una declaraci�n responsable del interesado sobre la vigencia de la misma.
d) Si se trata del desarrollo de actividad por cuenta propia de profesiones liberales en las que no se est� dado de alta en la Seguridad Social, mediante la aportaci�n de certificado de alta como ejerciente en el Colegio Profesional o Mutualidad correspondientes.
1.2 Realizaci�n de estudios reglados por el padre o madre del menor, las personas que ejerzan la tutela o, en el caso de familias monoparentales.
Valoraci�n: 4 puntos por cada uno de los que realicen estudios reglados; 8 puntos en caso de familia monoparental.
Este criterio se acreditar� mediante certificado del centro educativo oficial donde se especifique el nivel de estudios, curso en el que est� matriculado y horario lectivo.
1.3 Tener hermanos matriculados en el mismo centro. A estos efectos, tendr�n la misma consideraci�n las personas sujetas a tutela o acogimiento familiar permanente o preadoptivo, legalmente constituidos, dentro de la misma unidad familiar.
Valoraci�n: Por cada hermano matriculado en el mismo centro educativo, 3 puntos.
1.4 Que el padre, la madre o persona que ejerza la tutela del menor, preste sus servicios como trabajador en las escuelas infantiles del municipio.
Valoraci�n: 2 puntos.
La acreditaci�n de esta circunstancia se realizar� mediante la aportaci�n de un certificado expedido al efecto por el director del centro.
1.5 Condici�n de familia numerosa, monoparental o no:
Valoraci�n:
� Familia numerosa general: 1 punto.
� Familia numerosa especial: 2 puntos.
a) La condici�n de familia monoparental, se acreditar� mediante copia autenticada del Libro de Familia completo y autorizaci�n del interesado para comprobar los datos de empadronamiento en el que se identifiquen todas las personas empadronadas en el mismo domicilio.
Se considera familia monoparental aquella en la que el hijo menor convive, exclusivamente, con uno s�lo de los padres o tutores, adem�s de sus hermanos si los hubiere.
b) La condici�n de familia numerosa se acreditar� mediante copia autenticada del t�tulo oficial de familia numerosa, establecido en la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protecci�n a las Familias Numerosas, que deber� estar en vigor, o de la solicitud de reconocimiento o renovaci�n del referido t�tulo oficial, debiendo en este �ltimo caso aportarse dicho documento provisional con anterioridad a la resoluci�n del procedimiento de admisi�n.
1.6 Grado reconocido de discapacidad, igual o superior al 33% o incapacidad absoluta permanente, del menor o en alguno de sus padres, hermanos o tutores legales, sin que ninguno de ellos tenga car�cter excluyente.
Valoraci�n: 1 punto, y hasta un m�ximo de 3 puntos.
La acreditaci�n de esta circunstancia, se realizar� mediante la certificaci�n del dictamen emitido por el �rgano competente de la Administraci�n de la Comunidad Aut�noma de la Regi�n de Murcia o, en su caso, de otras administraciones p�blicas.
1.7 Renta anual de la unidad familiar.
Valoraci�n:
� Renta anual igual o inferior al IPREM (Indicador P�blico de Renta de Efectos
M�ltiples): 1 punto.
� Renta anual superior al IPREM: 0 puntos.
a) La informaci�n de car�cter tributario que se precise para la acreditaci�n de la renta anual de la unidad familiar ser� suministrada directamente por la Agencia Estatal de Administraci�n Tributaria, por medios inform�ticos o telem�ticos, en el marco de colaboraci�n existente con la Administraci�n Regional o Municipal, y con la autorizaci�n del solicitante. Dicha informaci�n ser� la que corresponda al �ltimo ejercicio fiscal respecto del que se haya presentado la correspondiente declaraci�n.
b) Cuando en el marco de colaboraci�n con la Agencia Estatal de Administraci�n Tributaria se pueda disponer de la informaci�n de car�cter tributario que se precise, no se exigir� a las personas interesadas que aporten individualmente certificaciones expedidas por la Agencia Estatal de Administraci�n Tributaria, ni la presentaci�n, en original, copia o certificaci�n, de sus declaraciones tributarias.
c) En caso de que la Agencia Estatal de Administraci�n Tributaria no disponga de la informaci�n de car�cter tributario que se precise para la acreditaci�n de la renta anual, el solicitante deber� aportar certificaci�n de haberes, declaraci�n jurada o cualquier otro documento de cada uno de los sujetos que integran la unidad familiar, correspondiente al ejercicio fiscal a que se refiere el apartado a) del art�culo 3.1.8.
En caso de empate de puntuaci�n se aplicar�n, por orden, los siguientes criterios:
1�.- Proximidad del Centro al domicilio familiar o laboral.
2�.- Fecha de registro de la solicitud de plaza.
3�.- N�mero de registro de la solicitud de plaza.
Para tener en cuenta el criterio de proximidad del domicilio familiar o labora se tendr� en cuenta el certificado de empadronamiento y el certificado de empresa aportado por los padres, madres o tutores legales.