Ayuntamiento de Alhama de Murcia

Condiciones y solicitudes para Feria de Tarde 2018

08/08/2018

El Ayuntamiento de Alhama de Murcia, a través de la presentes bases y condiciones, convoca y regula la instalación de hosteleros en la Feria de Tarde 2018. El objetivo es la correcta ubicación de los distintos hosteleros en el nuevo recinto que se creó, hace dos años, dirigido a los hosteleros de bares de copas y pubs, con el fin de establecer la forma de adjudicación de los puestos, asegurando la concurrencia y todo ello, de modo que no se produzcan especiales molestias a los vecinos de Alhama, así como lograr que esta actividad ofrezca una mayor animación y sana convivencia durante los días de fiesta.

PRIMERO. Requisitos de los hosteleros. Prioridad en las solicitudes. Propuesta de concesión de autorizaciones.

Podrán instalarse en el recinto de la Feria de Tarde, los empresarios hosteleros de Alhama de Murcia, sean personas físicas y/o jurídicas, debidamente dados de alta como tales en IAE y Seguridad Social; que no tengan licencia de cocina (licencia bar de copas), donde sólo se podrá servir bebida. Este recinto estará ubicado en la calle Paraguay. Se instalarán un máximo de 6 hosteleros.

La concesión de estas autorizaciones, en el caso de existir más solicitantes que plazas ofertadas, primará a aquellos solicitantes que hayan estado instalados en la Feria de Tarde del pasado año 2017.

En el supuesto de que sobren plazas, una vez concedidas las autorizaciones según lo establecido en el párrafo anterior, se primarán las solicitudes de aquellos establecimientos que, cumpliendo los requisitos, lo hayan solicitado en el año 2017 y no hubieran podido instalarse, por falta de plazas.

En el caso de igualdad en la prioridad de estas solicitudes y/o existencia de otras vacantes, se adjudicarán las plazas sobrantes, entre las solicitudes presentadas por empresarios hosteleros que hayan cumplido todos los requisitos, por sorteo. El sorteo, en su caso, se realizará en acto público cuya celebración será previamente notificada a los interesados.

Cuando alguno de ellos causase baja; podrán optar a esa plaza, cualquier otro hostelero de Alhama que lo desee y reúna los requisitos demandados, con el procedimiento antes indicado.

Los solicitantes deben ejercer esta actividad en la Feria de Tarde, directamente, bien de forma personal y/o con personal contratado, por el hostelero adjudicatario y no se permitirá que un tercero pueda instalarse, bajo la cobertura o denominación de un establecimiento hostelero. En caso de detectarse alguna irregularidad respecto a este apartado la barra será cerrada.

Todos estos controles los realizará la Policía Local, que podrá pasar cualquier día, a cualquier hora (dentro de los días y horario de apertura) para comprobar que cada hostelero está instalado correctamente y el personal de la barra es el contratado.

Terminado el plazo de presentación de solicitudes y realizada la tramitación administrativa oportuna, por parte de la concejalía se realizará una propuesta de concesión de estas autorizaciones, que será elevada a la Junta de Gobierno Local para su aprobación y notificación, en su caso.

SEGUNDO. Documentación:


TERCERO. Plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Alhama de Murcia, en horario de lunes a viernes de 9 a 14 horas, desde el día siguiente a la Publicación de estas Bases en el Tablón de anuncios de este ayuntamiento y, como máximo, hasta las 14 h. del día 6 de septiembre de 2018.

CUARTO. Condiciones de Celebración de la Feria de Tarde 2018.

1º. Los días y horarios del recinto, serán: viernes 5, sábado 6, domingo 7, viernes 12, sábado 13 y domingo 14 de octubre de 2018. El horario de apertura se establece desde las 17:00 horas a las 23:30 horas, ininterrumpidamente. Con las siguientes excepciones, el viernes 5 cerrará a las 20:30 horas y sábado 13 de octubre abrirá a las 19:00 horas, siendo los horarios de cierre los mismos que el resto de días.

2º. El Ayuntamiento de Alhama de Murcia, dotará a cada hostelero al que se autorice a instalarse, los siguientes servicios:


3º. Los actos o actividades que se organicen en el recinto serán sufragadas, a partes iguales, por los hosteleros instalados.

4º. Quedará totalmente prohibida la distribución y consumo de alcohol y tabaco a los menores de edad.

5º. Quedará prohibido introducir vehículos de cualquier tipo al recinto, excepto aquellos que por tiempo limitado deban prestar servicios y siempre fuera del horario de apertura al público.

6º. El Ayuntamiento de Alhama sufragará a sus expensas la instalación de un equipo de sonido y megafonía, que será compartido por todos los hosteleros que se instalen. No se podrán utilizar otros equipos de música.

7º. Los hosteleros que se instalen en el recinto estarán obligados a pagar la cantidad correspondiente al alquiler de la carpa, el 50 % del coste de la vigilancia, mientras que las carpas estén cerradas y, además, compartirán el coste de un DJ, durante el horario de apertura de la Feria de Tarde y además todas aquellas actividades, eventos y espectáculos que programen conjuntamente. 

8º. Los diferentes puestos y lugares efectivos que ocuparán los hosteleros autorizados dentro del recinto, se adjudicarán mediante sorteo, o por acuerdo alcanzado por unanimidad de todos ellos.

9º. Los hosteleros autorizados a instalarse estarán obligados a cuidar la instalación municipal y muy especialmente las carpas y el entorno, responsabilizándose personalmente de todos desperfectos que se puedan ocasionar y comprometiéndose a dejar el lugar en perfecto estado, así como indemnizar los daños y perjuicios que pudieran irrogarse a las personas y bienes de usuarios y/o terceros como consecuencia de la realización de esta actividad.

10º. Los hosteleros estarán obligados a respetar el horario de cierre que se ha fijado. En este momento se apagará la música, debiendo estar vacío el recinto media hora más tarde.

Al finalizar el horario, cada día, los hosteleros dejarán el interior de la barra recogida y limpia para que a continuación entren los servicios de limpieza municipales a la carpa.

En caso de que algún hostelero no respete estos horarios (sobre todo el de cierre) y/o no cumpla con la obligación de limpieza, no se le permitirá volver a abrir el resto de los días que queden de feria.

11º. La medida del espacio será, aproximadamente, lo acordado por todos los hosteleros, si bien, se colocarán según lo indiquen los servicios municipales, según plano de la instalación.

12º. Los precios generales que se aplicarán para la Feria 2018 serán:


QUINTO. Resolución de Incidencias.

Cualquier situación o incidencia no prevista expresamente en el presente documento así como la interpretación de lo establecido en el mismo, corresponderá a las concejalías de Festejos y Hostelería, que dirimirán o interpretarán, sin posibilidad de recurso alguno.

SEXTO. Aprobación de las Bases. Publicidad.

La aprobación de este documento será competencia de la Junta de Gobierno Local y publicadas en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento, web municipal y redes sociales.

A estas bases, una vez aprobadas, se les dará la máxima difusión a través de los medios de comunicación y su publicación en la Web municipal.

SÉPTIMO.- Precio Público

Cada hostelero, pagará la cantidad de 240 €, en concepto de precio público por la instalación.

OCTAVO. Aceptación incondicional de las Bases.

La solicitud de instalación en la Feria de Día supone la aceptación total e incondicional de las presentes bases, por parte del solicitante.


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