Programa dirigido a empresas de la Región de Murcia para paliar los efectos en la actividad económica de la pandemia de la Covid-19.
Objeto
Consolidación y mantenimiento del empleo, incluso la creación de nuevos puestos de trabajo y la mejora competitiva de las empresas concernidas, mediante el apoyo al mantenimiento de la actividad comercial de empresas, consideradas no esenciales, en los decretos estatales promulgados a raíz de la pandemia.
¿Quién puede acceder?
PYMES, personas físicas (autónomos) y jurídicas, con cuatro o menos empleados de plantilla media entre el 14 de marzo de 2020 y 30 de junio de 2021, así como los autónomos socios trabajadores de una cooperativa de trabajo asociado, que tengan centros de trabajo radicados en la Región de Murcia, siempre que su sede social esté en España, que ejerzan su actividad con anterioridad a 14 de Marzo de 2020 y continúen desarrollando la misma actividad en el momento de la presentación de la solicitud de subvención.
¿Qué me subvencionan?
La cuantía de subvención a aportar por el Instituto de Fomento, a cada beneficiario, por la mera concurrencia de las condiciones previstas en la citada Orden de 15 de julio de 2021 de la consejería de Empresa, Empleo, Universidades y Portavocía, será de 3.500 euros, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 9.7 de dicha Orden.
¿Cómo acceder?
Plazos
La solicitud de subvención se podrá presentar telemáticamente desde las 9 horas del 23 julio hasta las 24 horas del día 8 de septiembre de 2021.
Información