Ayuntamiento de Alhama de Murcia

Abierto el plazo para pedir ayudas técnicas dirigidas a personas mayores y/o con discapacidad

31/03/2022

La concejalía de Bienestar Social informa a todas las personas mayores y personas con discapacidad del municipio de Alhama que, hasta el 19 de abril, está abierto el plazo de solicitud de ayudas convocadas por el Instituto Murciano de Acción Social (IMAS). No obstante, se recomienda que aquellas personas que tengan la necesidad de pedirlas lo hagan a la mayor brevedad posible. 

Estas ayudas son de carácter económico, dirigidas a personas con discapacidad legalmente reconocida (al menos del 33%) o personas mayores de 65 años, que sean pensionistas de la seguridad social en cualquiera de sus modalidades, que residan en cualquier municipio de la Región de Murcia (debidamente empadronadas), y precisen de apoyo económico para la compra de ayudas técnicas. El importe mínimo de la ayuda solicitada será de 100 € y el máximo de 3.000 €.


CLASES AYUDAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD

CUANTIAS MAXÍMAS (€)

Tratamiento bucodental

Hasta  2.000 €

Audífonos (máximo 2 unidades)

Hasta  3.000 €

Grúa eléctrica

Hasta 1.200 €

Cama eléctrica / articulada completa (incluye somier articulado, colchón articulado y barandillas)

Hasta  1.100 €

Gafas (máximo 1 unidad)

Hasta    300 €

CLASES AYUDAS PARA PERSONAS MAYORES

CUANTIAS MAXÍMAS (€)

Tratamiento bucodental

Hasta    1.500 €

Audífonos (máximo 2 unidades)

                       Hasta    3.000 €

Gafas (Máximo 1 unidad)

Hasta       300 €



Las personas mayores que las soliciten deberán acreditar su necesidad mediante informe médico actualizado (emitido en los últimos seis meses por especialista o médico de atención primaria). En el caso de personas con discapacidad, la ayuda solicitada deberá estar en relación directa con la discapacidad. En ambos casos, se deberá acreditar el coste económico mediante factura o prepuesto (con fecha a partir del 01/01/2021), cuyo importe no puede ser inferior a 100 € ni superior a 3.000 €. Posteriormente el IMAS podrá conceder la totalidad del coste presupuestado o solo una parte de este. 

Así mismo algunos de los principales requisitos a tener en cuenta son: 

• Los ingresos mensuales por cada persona, no pueden superar: 
   o Unidad familiar unipersonal: 1.447,55 € mensuales.
   o Unidad familiar de dos personas: 1.013,29 € mensuales por persona.
   o Unidad familiar integrada por tres o más personas: 723,78 € mensuales por persona.

• No disponer de bienes inmuebles, excluida la vivienda habitual u otros que sean actividad económica principal., cuya valoración catastral sea superior a 41.689,44 €.
• Los rendimientos de capital mobiliario del último ejercicio fiscal no supere: 173,71 € mensual.
• Haber justificado las ayudas obtenidas en los dos años anteriores.

Las solicitudes deberán ser presentadas a través de Ventanilla Única (edif. principal del Ayuntamiento), para lo que es necesario solicitar cita previa llamando al 968 630 000 o en la web www.alhamademurcia.es, llevando la solicitud debidamente cumplimentada y firmada, junto al resto de documentos originales.

Pueden llamar o dirigirse al Centro de Servicios Sociales al 968 631 895, en horario de atención al público de 9:00 a 14:00 horas, para ampliar información, aclarar dudas o recibir apoyo en la tramitación.

La documentación a presentar es la siguiente: 

• Solicitud debidamente cumplimentada, imprescindible firmar al final de la 3ª página al final la persona solicitante, y en la 4ª página firmar la autorización de consulta de datos de todos los convivientes en el domicilio que sean mayores de 16 años.
• Volante de empadronamiento colectivo.
• Presupuesto o factura del gasto, cuya fecha sea posterior a 01/01/2022. 
• IBAN Bancario donde conste DNI y Nombre del titular de la cuenta, que debe ser la persona solicitante.
• En caso de cobrar pensiones del extranjero, justificante del importe o certificado. 
• Informe médico actualizado (emitido en los últimos 6 meses por el médico de atención primaria o especialista, donde se acredite la necesidad del audífono, arreglo bucodental o lo que proceda)- Este informe no es necesario para personas con discapacidad.  

Documentación complementaria (no obligatoria, solo presentar si se da esta situación): 

• Copia del informe médico acreditativo en caso de que algún miembro de la unidad de convivencia presente un problema grave de salud. 
• En caso de que la unidad de convivencia tenga que afrontar pago de vivienda: copia del recibo de alquiler o de hipoteca actualizado.

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