Ayuntamiento de Alhama de Murcia

El Ayuntamiento bonifica el 50% de la Contribuci�n a las viviendas y negocios que instalen placas solares

26/10/2022

Los usuarios se van a poder beneficiar ya de esta rebaja en el IBI de 2023


El Pleno de la Corporaci�n aprobaba por unanimidad este martes la modificaci�n de la Ordenanza reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) para bonificar al 50% los recibos de aquellas viviendas y negocios en los que se hayan instalado o instalen, por primera vez, sistemas para el aprovechamiento t�rmico o el�ctrico de la energ�a proveniente del sol (placas solares) para autoconsumo, hasta un m�ximo de 200 euros anuales.

Esta medida se conceder� a aquellas instalaciones que se hayan ejecutado a partir del 1 de enero de 2022 y ver�n su reflejo en el recibo de la Contribuci�n del pr�ximo a�o. Ser� aplicable durante los tres periodos impositivos (a�os) siguientes a aquel en que finalicen las obras e instalaciones necesarias para la incorporaci�n de dichos sistemas de aprovechamiento. Por ejemplo, aquella vivienda que haya finalizado la instalaci�n de placas durante este a�o 2022, tendr� derecho a la rebaja del IBI durante los a�os 2023, 2024 y 2025.�

Esta bonificaci�n tendr� car�cter rogado. La solicitud para su reconocimiento deber� realizarse antes del 1 de marzo del a�o siguiente a aquel en el que finalice la instalaci�n. El incumplimiento de este plazo supondr� la p�rdida del derecho a la bonificaci�n durante el periodo impositivo inmediatamente posterior a la finalizaci�n de las obras e instalaciones.

La bonificaci�n queda condicionada al cumplimiento de los siguientes requisitos:

1. Que los colectores incluidos en las instalaciones para producci�n de calor dispongan de la correspondiente homologaci�n emitida por la Administraci�n competente.
2. Que se acredite el cumplimiento de los requisitos t�cnicos necesarios para el desarrollo de la instalaci�n mediante la aportaci�n de proyecto t�cnico o memoria t�cnica, certificado de montaje, certificado de instalaci�n debidamente diligenciado por el organismo autorizado de la Comunidad Aut�noma de la Regi�n de Murcia, en su caso, as� como licencia municipal u otro acto de control urban�stico que ampare la realizaci�n de las obras.
3. Que la instalaci�n de estos sistemas de aprovechamiento de la energ�a solar no resulte obligatoria para el solicitante o el inmueble por el que se solicita, a tenor de la normativa espec�fica en la materia.
4. Que el inmueble o construcci�n sobre el que se realice la instalaci�n de los sistemas de aprovechamiento se encuentre dentro de ordenaci�n y cuente, en su caso, con la licencia municipal u otro acto de control urban�stico que lo ampare.

Los inmuebles ubicados en edificios sujetos al r�gimen de propiedad horizontal (pisos) que realicen una instalaci�n compartida para suministrar energ�a a todos o algunos de ellos, podr�n disfrutar de la bonificaci�n. �nicamente podr�n beneficiarse los pisos y locales vinculados a la instalaci�n. A estos efectos, deber� adjuntarse a la solicitud de bonificaci�n la documentaci�n que ponga de manifiesto la relaci�n de los propietarios participes de la instalaci�n.

Los inmuebles y negocios en los que se hayan instalado, por vez primera, puntos de recarga para veh�culos el�ctricos para autoconsumo tendr�n exactamente las mismas rebajas en el IBI detalladas para el supuesto de placas solares.

Ambas bonificaciones son compatible con el resto de descuentos asociados a este impuesto.

Adem�s, estas medidas se suman a la que ya viene aplicando el Consistorio de descuento de un 90% en el Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) por la instalaci�n de placas solares.

El Ayuntamiento bonifica el 50% de la Contribuci�n a las viviendas y negocios que instalen placas solares
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