1.El contrato de concesión suscrito con Zafiro Murcia S.L. data de noviembre de 1998, por un plazo de 60 años, a riesgo y ventura del concesionario, con exclusión de canon durante los 25 primeros años, y con la obligación de mantener las rampas, aseos, ascensor, escaleras y demás zonas del aparcamiento, así como los servicios de luz y agua necesarios, además de los impuestos municipales (IBI, IAE, LICENCIAS…)
2.El 16 de julio de 2010 se presenta escrito por la mercantil Zafiro donde manifiesta su deseo de cesar en la concesión por falta de rendimiento económico del servicio, y lo comunica con un preaviso de tres meses, para que el Ayto. licite de nuevo la concesión nueva que debería regir a partir del 16 de octubre de 2010. El ayuntamiento intenta negociar sin fruto.
3.El 21 de diciembre de 2010 la mercantil vuelve a comunicar su deseo de cesar de inmediato en la concesión, dando de plazo al Ayto. hasta el 30 de enero de 2011 para la resolución del servicio por mutuo acuerdo.
4.El ayuntamiento realiza un informe por parte de técnicos municipales, informe que se entrega a la concesionaria, donde se pone de manifiesto la no viabilidad económica del parking público, ante lo que el concesionario exige al Ayto. para seguir que se impida el aparcamiento en el jardín de la cubana, cobrar las plazas que el Ayto. tiene reservadas, subir los precios del parking, subir las cuotas de los propietarios y arrendatarios…a lo que el Ayto. se niega. Eso sí, asume los gastos de luz, ascensor y mantenimiento que no le correspondían para evitar el abandono del servicio.
5.El 11 de marzo de 2011 la mercantil comunica al Ayto. que la empresa ya ha comunicado a sus trabajadores el despido por causas objetivas, y que deja de prestar el servicio entregando las llaves del parking en el Ayto. y no haciéndose responsable del servicio ante la inactividad de la Admón.
6.Por orden del Alcalde se encargan en el mes de marzo la colocación de dos puertas y mandos de apertura y cierre para todos los propietarios, puertas que por falta de presupuesto se colocaron en el mes de julio, estando la propuesta de gasto firmada en marzo, ante las infructuosas negociaciones llevadas a cabo con los trabajadores para que siguieran explotando este servicio.
7.Tomada posesión por la nueva corporación, se pone de manifiesto la previsible entrada en concurso de acreedores de la mercantil, lo que supondría que la masa de acreedores y el administrador de la masa concursal sería el nuevo gestor de esta concesión, perdiendo este Ayto. toda posibilidad de actuar en defensa de los propietarios y arrendatarios de este servicio.
8.Vista la urgencia y la imposibilidad de actuar tanto para propietarios como para el propio Ayto. en caso de declararse el concurso, este equipo de gobierno ha decidido resolver la concesión de mutuo acuerdo con la mercantil, pasando a ser el titular de dicha instalación, para negociar su nueva puesta en funcionamiento con carácter inminente.
9.Actualmente el Ayto. tiene concertada la contratación de tres personas que permitirán la prestación del servicio durante el día, en tanto en cuanto se está redactando el pliego que regirá el arrendamiento del servicio, que no concesión, de este servicio, respetando todos los derechos de los actuales propietarios y arrendatarios del mismo, y proponiendo medidas que hagan rentable este servicio y que aseguren su continuidad.
10.Hubiera sido deseo de esta corporación explicar detalladamente los pormenores de lo ocurrido, pero la inminente declaración de concurso de acreedores de la mercantil ha precipitado el cierre temporal de este servicio, cierre anunciado desde hace más de un año (primer escrito de 16 de julio), por lo que se piden disculpas a todos los afectados por las molestias que este cierre temporal puede ocasionarles, creyendo firmemente que se ha actuado en defensa del interés general y manifestando el compromiso de reponer este servicio de forma inminente mientras se prepara el contrato que regirá este servicio en adelante.
11.Reiteramos las disculpas por la falta de información anterior, motivada en gran parte por la urgencia de la decisión adoptada ya argumentada en los apartados anteriores.
3.El 21 de diciembre de 2010 la mercantil vuelve a comunicar su deseo de cesar de inmediato en la concesión, dando de plazo al Ayto. hasta el 30 de enero de 2011 para la resolución del servicio por mutuo acuerdo.
4.El ayuntamiento realiza un informe por parte de técnicos municipales, informe que se entrega a la concesionaria, donde se pone de manifiesto la no viabilidad económica del parking público, ante lo que el concesionario exige al Ayto. para seguir que se impida el aparcamiento en el jardín de la cubana, cobrar las plazas que el Ayto. tiene reservadas, subir los precios del parking, subir las cuotas de los propietarios y arrendatarios…a lo que el Ayto. se niega. Eso sí, asume los gastos de luz, ascensor y mantenimiento que no le correspondían para evitar el abandono del servicio.
5.El 11 de marzo de 2011 la mercantil comunica al Ayto. que la empresa ya ha comunicado a sus trabajadores el despido por causas objetivas, y que deja de prestar el servicio entregando las llaves del parking en el Ayto. y no haciéndose responsable del servicio ante la inactividad de la Admón.
6.Por orden del Alcalde se encargan en el mes de marzo la colocación de dos puertas y mandos de apertura y cierre para todos los propietarios, puertas que por falta de presupuesto se colocaron en el mes de julio, estando la propuesta de gasto firmada en marzo, ante las infructuosas negociaciones llevadas a cabo con los trabajadores para que siguieran explotando este servicio.
7.Tomada posesión por la nueva corporación, se pone de manifiesto la previsible entrada en concurso de acreedores de la mercantil, lo que supondría que la masa de acreedores y el administrador de la masa concursal sería el nuevo gestor de esta concesión, perdiendo este Ayto. toda posibilidad de actuar en defensa de los propietarios y arrendatarios de este servicio.
8.Vista la urgencia y la imposibilidad de actuar tanto para propietarios como para el propio Ayto. en caso de declararse el concurso, este equipo de gobierno ha decidido resolver la concesión de mutuo acuerdo con la mercantil, pasando a ser el titular de dicha instalación, para negociar su nueva puesta en funcionamiento con carácter inminente.
9.Actualmente el Ayto. tiene concertada la contratación de tres personas que permitirán la prestación del servicio durante el día, en tanto en cuanto se está redactando el pliego que regirá el arrendamiento del servicio, que no concesión, de este servicio, respetando todos los derechos de los actuales propietarios y arrendatarios del mismo, y proponiendo medidas que hagan rentable este servicio y que aseguren su continuidad.
10.Hubiera sido deseo de esta corporación explicar detalladamente los pormenores de lo ocurrido, pero la inminente declaración de concurso de acreedores de la mercantil ha precipitado el cierre temporal de este servicio, cierre anunciado desde hace más de un año (primer escrito de 16 de julio), por lo que se piden disculpas a todos los afectados por las molestias que este cierre temporal puede ocasionarles, creyendo firmemente que se ha actuado en defensa del interés general y manifestando el compromiso de reponer este servicio de forma inminente mientras se prepara el contrato que regirá este servicio en adelante.
11.Reiteramos las disculpas por la falta de información anterior, motivada en gran parte por la urgencia de la decisión adoptada ya argumentada en los apartados anteriores.