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¿Cómo actuar ante un préstamo hipotecario con índice de referencia IRPH?

17/09/2019 742
El área de Consumo del Ayuntamiento de Alhama de Murcia informa:

Cuando contratamos con una entidad bancaria un préstamo hipotecario para la adquisición de una vivienda libre, tenemos que devolver el dinero al banco en un tiempo determinado con los intereses correspondientes, para realizar los cálculos de lo prestado y lo que hay que devolver, la entidad bancaria utiliza un índice de referencia que debe ser oficial publicado en una Orden del Banco de España y en el BOE.

En España se han utilizado los siguientes índices de referencia:
  • Euribor
  • IRPH de cajas
  • IRPH de Bancos
  • IRPH de conjunto de entidades financieras
  • Mibor
  • CECA
El más utilizado en España es el Euribor y el IRPH. El índice Euribor es el más conocido, pero:

¿QUE ES EL IRPH?

El IRPH es un índice de referencia que se calcula teniendo en cuenta la media de los préstamos a tres años concedidos por bancos.

Se empezó a aplicar en los préstamos hipotecarios en España en 1994, es el segundo indicador más utilizado en estos créditos y su puesta en circulación obedeció a la necesidad de una nueva referencia para proteger a los clientes de las oscilaciones de los mercados financieros.

Hasta el año 2013 no empezaron a surgir dudas sobre este indicador, coincidiendo con la bajada en picado del índice de referencia Euribor, ya que el IRPH se mantenía en un índice del 2%.

Estas diferencias entre los indicadores y teniendo en cuenta la bajada paulatina del Euribor llevó a las entidades de crédito a mantener el IRPH; daba más beneficios a las entidades de crédito.

Los clientes de las hipotecas con este indicador empiezan a reclamar en los juzgados en el año 2015 al considerarlo abusivo. A pesar de que el Tribunal Supremo dio la razón a la banca al considerar válido este índice en 2017, en 2018 un juzgado de Barcelona decidió elevar la cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia Europeo.

El 10 de septiembre de 2019 el abogado europeo ha dado la razón a los consumidores, entiende que, aunque el índice de referencia IRPH sea oficial, no exime que exista una supuesta falta de transparencia y de su posible abusividad.

Hay que esperar a la Sentencia del Tribunal de Justicia Europeo y tras esta esperar a que el Tribunal Supremo Español también se pronuncie.

Mientras se produce este proceso desde la Oficina Municipal de Información al Consumidor de Alhama de Murcia, se recomienda a todos los vecinos de la localidad que dispongan de un préstamo hipotecario con índice de referencia IRPH, que no acepten acuerdos con las entidades bancarias, ni firmen documentos que pueden vulnerar sus derechos, sin antes solicitar información en la OMIC.

Horario OMIC:
- Lunes, martes, jueves y viernes: de 9 a 13.30 h.
- Miércoles por la tarde: de 17.00 a 20.30 h. 

Teléfono para consultas: 968 630 000 - Ext. 5501
Correo electrónico: omic@alhamademurcia.es

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