El Consejo de Ministros aprobó el martes 28 de abril de 2020 el Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad (PDF; Anexo I, Anexo II y Anexo III), que establece los principales parámetros e instrumentos para el levantamiento de las medidas establecidas en el Real Decreto de estado de alarma para contener la expansión de la pandemia.
Este plan es orientativo, pues plantea la hoja de ruta que tiene el Gobierno para avanzar hacia la nueva normalidad. Las decisiones concretas y definitivas se adoptarán por el ministro de Sanidad y el resto de autoridades delegadas.
Por tanto, todas las respuestas se adecúan al plan aprobado, pero podrían cambiar si la decisión definitiva fuera otra.
La transición será gradual, asimétrica y coordinada y la actividad y la movilidad se estructurará, en cuatro fases en función del control de la epidemia y la velocidad que permita la situación sanitaria de cada zona, además de otros factores que serán públicos y se medirán de acuerdo con criterios objetivos.
En resumen:
- No habrá ningún cambio, levantamiento o alivio si no es expresamente aprobado por el correspondiente instrumento jurídico.
- El Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad es meramente orientativo y, por sí mismo, no autoriza ninguna actividad en ninguna fase.
Éstas son algunas de las dudas más comunes expresadas por la ciudadanía y los medios de comunicación y que han sido recogidas por el Gobierno.